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CAPÍTULO I DE LO GENERAL



                  Para efectos de la titulación por la opción curricular, a partir del plan de estudios 2008, se considerará
                  cursar dos unidades de aprendizaje de los programas académicos de Contador Público, Licenciatura en
                  Relaciones  Comerciales,  Licenciatura  en  Administración  y  Desarrollo  Empresarial  y  Licenciatura  en
                  Negocios Internacionales; una obligatoria para los fines de la opción curricular, que será identificada en
                  adelante como “de base”; y la otra que se elegirá de entre dos opciones, que se cursarán en el mismo
                  período  escolar  de  manera  simultánea,  de  tal  forma  que  se  cubran  como mínimo  las  150  horas  de
                  acuerdo al reglamento de Titulación Profesional. Tratándose del programa académico de la Licenciatura
                  en Comercio Internacional, aplica sólo una combinación fija para esta opción.
                      1. En  el  caso  de  la  modalidad  no  escolarizada,  se  deberá  cursar  en  primer  lugar  la  unidad  de
                         aprendizaje de base.
                      2. A  continuación,  se  detallan  las  unidades  de  aprendizaje  del  área  de  formación  terminal  y  de
                         integración por programa académico:



















                  *1 Aprendizaje Autónomo
                  *2 Actividades de Docencia
                  *3 Total de Horas





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