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CAPÍTULO I DE LO GENERAL
Para efectos de la titulación por la opción curricular, a partir del plan de estudios 2008, se considerará
cursar dos unidades de aprendizaje de los programas académicos de Contador Público, Licenciatura en
Relaciones Comerciales, Licenciatura en Administración y Desarrollo Empresarial y Licenciatura en
Negocios Internacionales; una obligatoria para los fines de la opción curricular, que será identificada en
adelante como “de base”; y la otra que se elegirá de entre dos opciones, que se cursarán en el mismo
período escolar de manera simultánea, de tal forma que se cubran como mínimo las 150 horas de
acuerdo al reglamento de Titulación Profesional. Tratándose del programa académico de la Licenciatura
en Comercio Internacional, aplica sólo una combinación fija para esta opción.
1. En el caso de la modalidad no escolarizada, se deberá cursar en primer lugar la unidad de
aprendizaje de base.
2. A continuación, se detallan las unidades de aprendizaje del área de formación terminal y de
integración por programa académico:
*1 Aprendizaje Autónomo
*2 Actividades de Docencia
*3 Total de Horas
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