Page 89 - AGENDA2025
P. 89
Curricular
Esta opción consiste en la acreditación de cursos o de una serie de actividades equivalente a los mismos,
diseñados expresamente para efectos de titulación. Los cursos o actividades equivalentes deberán estar
incorporados al plan de estudios de la licenciatura de que se trate, conforme a lo establecido por el
artículo décimo del Reglamento para la Aprobación de los Planes y Programas de Estudio del Instituto
Politécnico Nacional. Para efectos de titulación, estos cursos o actividades equivalentes deberán reunir
las siguientes características:
I. Su contenido deberá estar relacionado con los objetivos de la licenciatura o práctica profesional.
II. Deberán cubrirse, para el nivel superior, en ciento cincuenta horas como mínimo, durante los
últimos cinco semestres de la carrera.
III. Se considerarán acreditados con una asistencia mínima del noventa por ciento y una calificación
no menor de ocho.
pág. 85