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Objetivo
                  Presentar para su aprobación los procedimientos académicos y administrativos en base a los cuales el
                  alumno obtendrá la titulación profesional, mediante la opción curricular.



                  Marco Legal de la Opción Curricular

                         ▪ Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
                         ▪ Ley General de Educación.

                         ▪ Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional. (Artículo 4 Fracción 7).

                         ▪ Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional. (Artículos 44, 45, 103, 104, 105).
                         ▪ Reglamento de Titulación Profesional del Instituto Politécnico Nacional (En su totalidad).
                         ▪ Reglamento General de Estudios del Instituto Politécnico Nacional.


                  Criterios Específicos


                  1.       La  opción  curricular  consiste  en  la  acreditación  de  cursos  o  de  una  serie  de  actividades
                  equivalentes a los mismos, diseñados expresamente para efectos de titulación.

                  Los cursos o actividades equivalentes deberán estar incorporados al plan de estudio  y los programas
                  académicos  de  que  se  traten,  conforme  a  lo  establecido  en  el  Artículo  10  del  Reglamento  para  la
                  aprobación  de  los  Planes  y  Programas  de  Estudio  del  Instituto  Politécnico  Nacional.  Para  efectos  de
                  titulación, estos cursos o actividades equivalentes deberán reunir las siguientes características:
                      a. Su  contenido  deberá  estar  relacionado  con  el  Objetivo  del  programa  académico  y  la  práctica
                         profesional.



                      b. Deberán  cubrirse,  para  nivel  superior,  en  150  horas  como mínimo,  durante  los  últimos  cuatro
                         periodos escolares lectivos del programa académico.



                      c.  Se consideran acreditados con una asistencia mínima del 90% y una calificación no menor de
                         ocho.
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