Page 99 - AGENDA2025
P. 99
6. No se considerará, para fines de titulación por la opción de titulación curricular, productos de
aprendizaje individuales.
TRANSITORIO
Primero. Los casos no previstos en los presentes criterios serán turnados al H. Consejo Técnico Consultivo
Escolar para su análisis y dictamen correspondientes.
Segundo. Los presentes criterios entrarán en vigor una vez aprobados por la Dirección de Educación
Superior del Instituto Politécnico Nacional.
Tercero. Se podrán incorporar otras unidades de aprendizaje del área de formación terminal y de
integración, expuestas en este documento, previo acuerdo de las academias, siempre y
cuando, conjuntamente con la unidad de aprendizaje de base, cubran como mínimo un total de
150 horas.
pág. 95