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III.  Los alumnos de semestres avanzados deberán presentar horario de clases sellado, comprobante
                       bancario de pago de derechos bibliotecarios,  identificación  vigente  y  pasar a la toma de foto
                       digital.
                 IV.   Los profesores deberán presentar el formato RUA (C-20), último talón de pago, identificación
                       vigente y pasar a la toma de foto digital.

                 V.    El  personal  de apoyo  y  asistencia  a  la educación  deberá presentar Último talón de pago,
                       identificación vigente y pasar a la toma de foto digital.

               Artículo 25.- Se prohíbe a todos los usuarios ingresar a la biblioteca con bebidas y alimentos.
               Artículo 26.-  Al  ingresar a la biblioteca, los usuarios deberán depositar  en el  área  de paquetería sus
               mochilas  y  una identificación,  obteniendo  a cambio  una ficha  de  paquetería; sus bienes serán
               resguardados en tanto permanezcan dentro de la biblioteca. Los bienes depositados serán devueltos al
               usuario contra la entrega de la ficha.

               Artículo 27.- Los usuarios deberán responsabilizarse de la ficha de paquetería y en caso de extraviarla se
               cubrirá el costo.

               Artículo 28.- Será responsabilidad de los usuarios los objetos olvidados y cualquier artículo de valor.
               Artículo 29.- El equipo de cómputo es exclusivamente para el uso de Catálogos en Línea y Bases de
               Datos.
               Artículo 30.-  Los usuarios deberán conducirse con  respeto al personal que presta el servicio en la
               biblioteca, con el resto de los  visitantes  y son responsables del  buen uso  del material  documental,
               mobiliario y equipo.





                                           CAPÍTULO SEXTO. DE LAS SANCIONES

               Artículo 31. – Los usuarios que se retrasen en la entrega de los materiales solicitados en préstamo a
               domicilio, tendrán  una sanción  económica por día, incluyendo sábados,  domingos, días festivos  y
               vacaciones, que deberán pagar en el banco y cuenta que se les indique, de acuerdo con el tabulador
               institucional de servicios.









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