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REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS



                                                    CAPÍTULO PRIMERO
                                                DISPOSICIONES GENERALES

               Artículo  1.  Las  disposiciones  del  presente  Reglamento  son  de  observancia  general  y  obligatoria  en  el
               Instituto Politécnico Nacional.

               Artículo  2.  Este  ordenamiento  tiene  por  objeto  establecer  las  condiciones  que  regulan  el  ingreso,  la
               trayectoria escolar, la permanencia y el egreso de alumnos que cursen algún programa académico de los
               niveles medio superior, superior y posgrado, así como de los usuarios de todos aquellos programas que se
               ofrezcan para complementar su formación y con fines de capacitación, actualización técnica y profesional,
               formación  empresarial,  educación  continua,  y  enseñanza  de  lenguas  extranjeras  en  las  unidades
               académicas,  unidades  de  apoyo  a  la  innovación  educativa,  unidades  de  apoyo  a  la  investigación  y  al
               fomento y desarrollo empresarial y demás áreas referidas en el artículo 2 del Reglamento Orgánico, en las
               modalidades educativas que ofrece el Instituto Politécnico Nacional.
               Artículo 3. Para efectos del presente Reglamento se entenderá por:

               Academia:  Al  órgano  constituido  por  profesores  que  tiene  la  finalidad  de  proponer,  analizar,  opinar,
               estructurar y evaluar el proceso educativo.

               Actividades  complementarias:  Aquéllas  que  contribuyen  a  la  formación  integral  del  alumno  y  que  no
               necesariamente forman parte del programa académico en el que se encuentra inscrito.

               Alumno: A la persona inscrita en algún programa académico que se imparta en cualquier nivel educativo y
               modalidad educativa que ofrece el Instituto Politécnico Nacional.
               Alumno en movilidad: Aquél en situación escolar regular que cursa unidades de aprendizaje, desarrolla
               actividades de investigación o complementarias en una institución educativa, de investigación o del sector
               productivo, nacional o extranjera, de conformidad con la normatividad institucional y, en su caso, con los
               convenios correspondientes.
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