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será coordinado por la escuela, centro o unidad de enseñanza y de investigación, que incluya
                          dentro de sus áreas de estudio la mayor parte del contenido de la misma.

                  En las modalidades II, III y IV, el número de participantes quedará condicionado por la extensión, grado
                  de dificultad y alcance del proyecto que se desarrolle. La carga de trabajo por participante deberá ser
                  equilibrada  y cada  uno de los involucrados deberá no sólo responsabilizarse de la parte que le
                  corresponda, sino además deberá conocer la tesis en su totalidad.
                  Memoria de Experiencia Profesional

                  La Memoria de  Experiencia  Profesional consiste  en la  elaboración  de  un  informe escrito de las
                  actividades profesionales desarrolladas a nivel gerencial del pasante (cuando menos durante cinco años)
                  con la correspondiente comprobación documental que avale dicha actividad.
                  El informe escrito deberá ser aprobado por la Subdirección Académica de la escuela, centro o unidad de
                  enseñanza y de investigación, previo dictamen de la academia de profesores correspondiente.
                   Créditos de Posgrado

                  Esta opción consiste en la obtención del cincuenta por ciento de los créditos por cursos requeridos para
                  cubrir un programa de posgrado equivalente a uno de maestría y la presentación de dos trabajos de
                  investigación, o del setenta  y cinco por ciento de los créditos por cursos requeridos para cubrir un
                  programa de posgrado equivalente a uno de maestría. Dichos créditos deberán ser cubiertos en  un
                  programa afín a la licenciatura cursada  y reconocido o convalidado  por la Dirección de Estudios de
                  Posgrado e Investigación. La afinidad del programa de posgrado será determinada por el colegio de
                  profesores de estudios de posgrado e investigación de la escuela, centro o unidad de enseñanza y de
                  investigación en donde el pasante haya cursado sus estudios de licenciatura.
                  Curricular

                  Esta opción consiste en la acreditación de cursos o de una serie de actividades equivalente a los mismos,
                  diseñados expresamente para efectos de titulación. Los cursos o actividades equivalentes deberán estar
                  incorporados al plan de estudios de la licenciatura de que se trate, conforme a lo establecido por el
                  artículo décimo del Reglamento para la Aprobación de los Planes y Programas de Estudio del Instituto
                  Politécnico Nacional. Para efectos de titulación, estos cursos o actividades equivalentes deberán reunir
                  las siguientes características:

                    I.   Su contenido deberá estar relacionado con los objetivos de la licenciatura o práctica profesional.
                    II.  Deberán cubrirse, para el nivel superior, en ciento cincuenta horas como mínimo, durante los
                         últimos cinco semestres de la carrera.
                    III.  Se considerarán acreditados con una asistencia mínima del noventa por ciento y una calificación
                         no menor de ocho.

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